LA TOMA DE GRANADA

LA TOMA DE GRANADA

Ante las manifestaciones que cada año tienen lugar en Granada cuando se celebra el ritual llamado “La Toma de Granada”, que en los últimos años tienen un claro carácter de violencia -mal disimulada- entre los manifestantes supuestamente de ideologías extremas y enfrentadas, las preguntas que surgen son: ¿Se han molestado ambos grupos de manifestantes en estudiar la historia de España?, ¿saben si lo que defienden, con su comportamiento y gritos airados, tiene una base real?, ¿no se mueven sobre hechos inventados y, tal vez, arrastrados por demagogos mal intencionados?
En primer lugar es interesante decir que la celebración tiene lugar desde tiempo inmemorial con diferentes modificaciones en las ceremonias.
Los historiadores especializados en la Edad Media española han valorado el período histórico de forma diferente y entre los especialista más afamados han destacado por sus posiciones confrontadas Claudio Sánchez Albornoz y Américo Castro. Para uno -en ese período- prerromanos, romanos y visigodos configuran la unificación política y cultural de Hispania, no incluye ni judaísmo ni islamización, la población es cristiana y occidental. Son sus palabras: “La España europea había nacido en el fragor de los combates y ese batallar acentuó viejas modalidades de la Hispania primitiva, castró otras y creó no pocas nuevas”. “España y los españoles estaba ya latente en los pueblos prerromanos y fueron los visigodos y los romanos quienes la configuraron al construir la unificación y cultura de España”.
La otra visión, aunque siempre matizada o retomada y revisada, en el caso de Américo Castro, se centra en considerar la realidad histórica de tres castas en la península Ibérica: cristianos, moros y judíos. Sitúa a la casta cristiana a la contra de las castas de los moros y judíos e insiste en que los visigodos no eran españoles.
Los estudios genéticos realizados de la población actual de España pueden inclinar la balanza hacia uno de los dos grandes historiadores. El tratamiento de los datos son varios pero todos ellos resultan prácticamente coincidentes en sus conclusiones, aunque el del historiador Mateo Mathaus: “¿Cómo es la composición genética de los españoles?” Es el más claro. Del mismo son significativos los tres párrafos siguientes:
“España está genéticamente muy relacionada con el resto de los pueblos de Europa (Irlanda, Gales, Bretaña Francesa y Portugal) más que ningún otro pueblo”.
“El español es un pueblo muy homogéneo desde el punto de vista genético”.
“Lo que la ciencia nos demuestra y deja claro es que la composición genética de los antiguos pobladores de la Península Ibérica es muy similar a la que se encuentra en la moderna España, lo que sugiere una fuerte continuidad genética a largo plazo desde la época prerromana”.
Estas aseveraciones confirman la idea de que el año 711 los musulmanes asaltaron la península Ibérica y fueron una fuerza invasora y posteriormente de ocupación, con progresivas oleadas de invasores, durante los años de la llamada reconquista. No cabe duda que los invasores dejaron un importante legado cultural, científico y monumental, pero no genético. Fueron una fuerza de ocupación y gobernaron a una población autóctona que los tenía como invasores.
No es fácil ponerse en el lugar de la población nativa de España en la Edad Media y más concretamente al final de la misma, pero si un pueblo es invadido por fuerzas militares y éstas permanecen controlando el poder como un ejército de ocupación, cuando son expulsadas está justificada una celebración del hecho histórico.
En cualquier caso las posiciones de los dos grupos que se enfrentan en la celebración de la toma de Granada, están fuera de la razón, porque la celebración debería ser un acto de encuentro para los ciudadanos de buena voluntad por un hecho histórico fundamental para España.
J.M. Llamas

UNA COMUNIDAD AUTÓNOMA SANCIONADORA

UNA COMUNIDAD AUTÓNOMA SANCIONADORA

Durante los años ochenta la Administración de la junta de Andalucía cumplía admirablemente con una de sus principales misiones: ayudar a los ciudadanos a cumplir con la legalidad y sancionarlos, de forma proporcionada, en caso de incumplir con la ley. Era en definitiva un apoyo a la ciudadanía que ésta valoraba positivamente.
Con el paso de los años la Administración de la Junta de Andalucía ha evolucionado negativamente y para mal de los ciudadanos se ha constituido en administración sancionadora y obstruccionista, que inunda de disposiciones coercitivas a los ciudadanos hasta llegar a extremos realmente insoportables.
Un pequeño empresario granadino sancionado con 300.000 euros por un vertido incontrolado accidental decía que ya había comunicado, al organismo correspondiente de la Administración Autónoma, que su única salida era entregarle la empresa, pues ni aunque consiguiera venderla a un buen precio, con su importe no podría aproximarse al coste de la sanción establecida.
Las actuaciones administrativas en este sentido son sin duda lo menos adecuado para animar a los empresarios a constituir el tejido industrial que falta en Andalucía, imprescindible para que la comunidad autónoma intente dejar el farolillo rojo que ocupa en todos los sentidos, con relación al resto de las comunidades autónomas de España, y respecto a las regiones de la zona euro.
No nos detengamos siquiera en las multas desproporcionadas en zonas de montaña y explotaciones agropecuarias, con rentas anuales muy bajas.
Como ejemplo singular del quehacer sancionador, en los últimos días se ha transmitido por los medios de comunicación la sanción de 170.000 euros impuesta a la Orden de las Hermanas Clarisas de Santa Inés de Sevilla.
El asunto merece sin duda una valoración, que en algunos puntos se puede aproximar al sarcasmo.
El motivo de la sanción es sobradamente conocido, la restauración sin la debida autorización, al tratarse de un bien de interés cultural, de un órgano relacionado con una de las leyendas de Gustavo Adolfo Bécquer: Maese Pérez el organista.
La operación, según información de la entidad, se llevó a cabo por la Fundación Alquimia, por un importe de 150.000 euros, contribuidos en parte por la fundación y por aportaciones de los ciudadanos, y hubo por medio un silencio administrativo a las solicitudes correspondientes formuladas por la fundación.
No se trata de poner en duda ni la potestad de la Junta para proteger el patrimonio cultural, ni la necesidad de sancionar a los incumplidores de las leyes. Tampoco considerar a la orden religiosa de referencia exenta de cumplir con las normas vigentes, tenga el respaldo ciudadano que tenga. Se trata de la proporcionalidad, del sentido común, de la buena fe y de que la agilidad de la Administración Pública que debe estar siempre al servicio de los ciudadanos y ajena a la “burrocracia”, no responde con suficiente soltura ni prontitud.
Algún miembro con autoridad del Gobierno Autónomo ha utilizado el sentido común suficiente para impedir que prospere tal disparate, pero no es ésta la solución adecuada.
Habría que preguntarle al equipo que puso en marcha los mecanismos para sancionar si pensó en algún momento en la capacidad económica de la orden religiosa para templar la cuantía de la multa, pues posiblemente cualquier juez la declararía insolvente. ¿Es posible que el equipo pensara en embargarle los útiles de cocina con los que obran dulces para vender y conseguir los recursos mínimos para sobrevivir?
Las leyes se elaboran para que todos los ciudadanos las cumplan, pero si se evidencia que su aplicación es contraria al interés general, e incluso llegan a ser inaplicables, las mismas deben ser corregidas o eliminadas.
Explicar el positivismo y las normas jurídicas como derecho de obligado cumplimiento, si la ley es propia de un Estado Democrático, no exime a nuestra inteligencia de una función crítica para confrontar la norma positiva con el derecho que debe ser.
Sería muy positivo que las motivaciones de las Administraciones Públicas de Andalucía volvieran a ser las que animaban a sus responsables y demás trabajadores en los años ochenta y dejara el camino de la sanción desorbita contra los ciudadanos, a la que está apuntando también la Administración Local, sin tener en cuenta que Andalucía es la comunidad autónoma con renta per cápita más baja de España, sólo por delante de Extremadura, y con prácticamente la mitad de renta respecto a la del País Vasco.

LA DISPERSIÓN SALARIAL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

LA DISPERSIÓN SALARIAL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

El primer gobierno del PSOE llevó a término una importante reforma de las Administraciones Públicas, lo hizo por medio de la Ley 30 de 1984.
Gracias a esta norma se eliminaron, unificándolos, cientos de cuerpos y escalas de funcionarios cada uno de ellos con estructuras salariales diferentes, con sueldos básicos diversos y todos de cuantía ridícula y complementos del carácter más diferente y alta cuantía. Por añadidura eran impermeables entre ellos, lo que significaba que el miembro de un cuerpo o escala determinado tenía que estar en ella durante toda su vida funcionarial, pese a tener la titulación y capacidad suficientes para ocupar un puesto de trabajo en otro cuerpo o escala y aunque en uno sobraran funcionarios y en el otro faltaran.
Los cambios en las Administraciones Públicas, con la Ley 30, fueron espectaculares. Se fijaron salarios básicos únicos para las diferentes titulaciones, se limitaron y definieron los complementos iguales para todos los funcionarios Y cuantía proporcional a la titulación y a las características del puesto de trabajo. Al mismo tiempo se eliminaron la mayoría de los cuerpos y escalas, se estableció un escalafón de niveles único y se permitió la permeabilidad entre muchos de los cuerpos que permanecieron. Era posible incluso para los funcionarios de la Administración Central pasar a las Administraciones Autonómicas e incluso a la Administración Local y a la inversa.
Pero, como nada es perfecto, quedaron huecos en la reforma para permitir que, los intentos de hacer Administraciones más funcionales y mantener unas retribuciones que no generaran agravios comparativos entres los funcionarios, pudieran ser ineficaces en algunas ocasiones.
Con el paso de los años los puntos débiles, propiciados por determinados cuerpos de funcionarios para sus intereses “gremiales”, han sido aprovechados por ciertas Administraciones Autónomas y Locales para potenciar el desmadre y crear una fuente de agravios comparativos. La consecuencia es que se está volviendo a unas Administraciones Públicas que estructuran a los funcionarios en principios parecidos a los existentes antes de la Ley 30 de 1984.
En realidad, diríase que se ha hecho un recorrido de 33 años para, con la ayuda inestimable de algunas comunidades autónomas y muchos entes locales, volver al punto de partida.
¿Cómo es posible que se haya tolerado por los diferentes Gobiernos Centrales que la policía de la Comunidad autónoma de Cataluña, tenga un salario que puede llegar a ser superior hasta en un cincuenta por ciento a los que reciben los miembros de los cuerpos de la Policía Nacional y de la Guardia Civil? Puede resultar sorprendente pero es así.
Lo mismo ocurre con los funcionarios de las diferentes Comunidades Autónomas. Los salarios de los servidores públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía están muy por debajo de los de Cataluña o el País Vasco. Algo parecido ocurre a favor de los funcionarios locales en numerosos municipios. En definitiva el desmadre es total.
El Gobierno Socialista elaboró y sacó adelante la Ley 7 de 2007. “Estatuto básico del empleado público”. En el mismo se recoge, (en su Capítulo III. Derechos retributivos) un intento de poner orden en todo el Estado de los salarios de los funcionarios públicos. El Estatuto ni se ha desarrollado, ni se aplica, ni cumplirá con los fines que en el mismo se recogen.
Lo cierto es que, sea cual sea el signo del gobierno, es imprescindible enmendar esta situación fuente de injusticias y de agravios comparativos que servirán de base para protestas, complicaciones sin fin y restarán eficacia, profesionalidad y eficiencia en los servicios de las diferentes Administraciones Públicas.