INTERÉS GENERAL,
ECONOMÍA Y SOCIALISMO EN LIBERTAD
Bertrand Russell (1872-1970), en su libro Caminos de libertad: socialismo, anarquismo y comunismo (1918), nos indica, desde su propia experiencia, la necesidad de conjugar la libertad y la justicia económica como modo de lograr el “goce de vivir” y la defensa del interés general.
Por nuestra parte, entre el 1975 y finales de 1978, fuimos capaces de lograr un consenso constitucional en el que toda la riqueza del país en sus distintas formas, fuera cual fuere su titularidad, debería estar subordinada al interés general. Ese es el gran reto constitucional -recogido en el Título VII, sobre Economía y Hacienda (artículos 128 al 136 de la CE)-.
En este quehacer constitucional, nos inspiramos en otros países europeos, tales como Italia (al Sur) y Alemania (al norte). Una vez logrado el consenso, fuimos de hecho un referente en el conjunto iberoamericano. El reto indicado implicaba un especial sentido de responsabilidad compartida, de planificación, de modernización; de equilibrio presupuestario; de solidaridad interterritorial; de estabilidad presupuestaria y participación efectiva de los distintos ámbitos, incluso sociales (empresariado y personas trabajadoras, en el art. 129).
Concretamente, en el art. 135, 5 de la CE de 1978 se estableció, además, que una Ley Orgánica desarrollaría los principios enunciados así como la participación, en los procedimientos respectivos, de la coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de política fiscal y financiera.
Ello implica regular: a) la distribución de los límites del déficit y de la deuda; b) el cálculo del déficit estructural; c) la responsabilidad de cada Administración Pública, en su caso, por incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
El tema es de tal importancia que, además de la coordinación institucional, es imprescindible un Tribunal de Cuentas como supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado, así como del sector público, con dependencia directa de las Cortes Generales (art. 136, 1).
Como en el caso del Poder Judicial, «Los miembros del Tribunal de Cuentas gozarán de la misma independencia e inamovilidad y estarán sometidos a las mismas incompatibilidades que los Jueces» (art. 136, 3).
En consecuencia, el Estado, las Comunidades Autónomas y las entidades Locales tendrán que conjugar la coordinación institucional en las cuestiones presupuestarias con la gestión económica, la planificación, la mejora del producto interior bruto y la subordinación de la riqueza, de toda riqueza, al interés general.
¿Qué es lo que suele fallar? Pues… el sentido de solidaridad, la coordinación, la participación efectiva, y la supeditación del interés particular al interés general. Ahí es donde resulta difícil avanzar en la relación entre Ética y Política, absolutamente necesaria en cualquier reforma constitucional en un Estado Social y Democrático de Derecho.
Por eso, tal vez, conviene leer, en la actualidad, el libro de Josep Borrell y otros, que se titula Escucha, Cataluña. Escucha, España –cuatro voces a favor del entendimiento y contra la secesión-.
Josep Borrell (con su aportación “Catalán, Español, Europeo”), Francesc de Carreras (en “La defensa espiral del silencio”), Juan-José López Burniol (en torno a “El problema español”), y Josep Piqué (“En busca de la política perdida”) apuestan, razonada y documentalmente, por el diálogo y el reencuentro de la mayoría de los españoles, frente al crispado debate territorial. El reto tal vez parezca imposible, pero, para estos autores, incluso los puentes rotos pueden rehacerse si se antepone el interés general al interés particular.
SE, 13/XI/17