¿QUÉ ESTADO FEDERAL?
Desde que el nacionalismo catalán ha optado por tirarse al monte, lanzar el mensaje de la independencia y maniobrar, con descaro y desvergüenza, para llevar al Estado a una situación complicada, ha surgido en numerosos foros como solución a tanto despropósito la constitución de España como un estado federal. Dejando al margen el hecho de que optar por tal alternativa sería entrar en el juego de los desatinos que plantean los nacionalistas, difícil de entender en una Unión Europa que busca superar las dificultades que se derivan de las resistencias propias de los diferentes estados, que la integran, para potenciar la unión y consolidar una nacionalidad única en el continente: la nacionalidad europea, que tantos problemas solucionaría, la pregunta ante la proliferación de opiniones favorables a tal forma de constituir el estado es:
¿De qué estado federal nos hablan?
En el mundo hay constituidos veinticuatro estados federales desde Argentina a Los Estados Unidos de Norteamérica, pasando por Alemania, La India, Nigeria o los Emiratos Árabes Unidos, así hasta veinticuatro cada uno de ellos con sus peculiaridades.
En los estados federales se contemplan para su estructuración los distritos federales, los distritos autonómicos, las zonas, los terrenos federales, las ciudades autónomas, las provincias… ect, como elementos que conforma sus territorios.
Los estados federales suelen tener una constitución federal, y cada estado miembro una constitución propia lo que en la España de las autonomías se denominan estatutos.
Las comunidades autónomas que constituyen la España de las autonomías tienen de hecho mayor capacidad de autogobierno que los miembros que constituyen muchos de los estados federales formados en la actualidad en todo el mundo, tal como la propia Republica Federal Alemana.
La España actual es en primer lugar un estado democrático, no todos los estados federales lo son, y cada una de las comunidades autónomas que lo integran tiene un parlamento propio, elegido democráticamente, con amplio poder legislativo, porque las competencias de cada una de las comunidades se recogen en un estatuto propio y sobre las mismas su parlamento puede legislar. Disponen de un Tribunal Superior de Justicia, con jurisdicción en todo el territorio de la comunidad autónoma. Capacidad para crear o suprimir determinadas tributos. Capacidad para introducir modificaciones en el cincuenta por ciento del impuesto sobre la renta de las personas físicas que le corresponde. Tienen todas las competencias en la administración de materias básicas tan importantes como la educación, la sanidad, el medio ambiente, la agricultura, la administración de justicia, el turismo, la cultura, el deporte, el trasporte, las obras públicas, la promoción del trabajo, la política de igualdad, las acciones sociales y la dependencia, la política municipal…, algunas tienen las competencias de la administración penitenciara, así como un cuerpo de policía propia, aunque hacer un listado completo sería trascribir gran parte del contenido de los estatutos de autonomía de cada una de ellas, pero lo dicho es suficiente para formarse una idea de la capacidad de autogobierno de las comunidades autónomas de este país. Posiblemente cuando se elaboró la Constitución del 78 no se empleó el término de estado federal y se buscó el de estado de las autonomías por las dificultades de la época y el rechazo que tal término podía despertar en sectores importantes de los votantes, pero en la práctica son iguales.
Es cierto que las palabras tienen en política un gran valor y quizá en las circunstancias por las que pasa el país hablar de estado federal lleve tranquilidad a determinados sectores sociales y a otros intranquilidad. No obstante también las palabras pueden ser mentirosas y dar más frustraciones que esperanzas.
Sería conveniente que los ciudadanos tuvieran la información suficiente para valorar si valdría la pena para que España fuera un estado federal, que en la práctica sólo supusiera dar al país el nombre de estado federal y que al estatuto de cada comunidad autónoma se le diera el nombre de constitución, llevar a cabo los tramites necesarios para cambiar la constitución del 78, que entre otros requisitos requeriría un referéndum. A no ser que se pretenda crear un estado federal con concesiones a determinadas autonomías, y que se repitan errores similares al que cometió el gobierno del Partido Popular al suscribir el concierto económico con el País Vasco y Navarra.
Es exigible, en cualquier caso, que cuando un político salga a los medios a proponer la conveniencia de hacer de este país un estado federal, dijera de que estado federal habla.